Donaciones
La Asociación
Art. 17 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
Realizar donaciones a una entidad sin ánimo de lucro y declarada de Utilidad Pública como Avaprem tiene ventajas fiscales. Gracias por la colaboración.
Si eres persona física los primeros 150 euros de donativo dan derecho a deducir de la cuota íntegra el 75% de la base de la deducción. El resto de la base de deducción da derecho a deducir el 30% (35% si se aportó en los dos ejercicios anteriores a la misma entidad por valor igual o superior) en el I.R.P.F.
Si eres persona jurídica (empresa) te podrá deducir de la cuota íntegra el 35% de la base de la deducción (aplicación hasta en 10 años). La deducción se incrementará si el donante ha realizado donaciones por importe o valor igual o superior a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores. Se aplicaría un 40% sobre los donativos realizados en la declaración del Impuesto de Sociedades.
En Avaprem, recogemos fondos con el fin de poder llevar a cabo proyectos para mejorar la calidad de vida de las niñas y niños prematuros y de sus familias.
Puedes hacer un ingreso de la cantidad que estimes oportuna en la siguiente cuenta bancaria:
CaixaBank: ES57 2100 2341 4402 0017 2444
Una vez realizada y constatada la donación, Avaprem facilitará un documento acreditativo para la deducción de esta.